Financiero e inmobiliario, los rubros con mas declaraciones de impuestos impugnadas

Estudio de EY identifica los principales puntos que fueron observados por el fiscalizador en la última Operación Renta, como la subdeclaración de ingresos.

 

Días ajetreados viven hoy los contribuyentes y asesores tributarios. El lunes se publicó en el Diario Oficial la ley que moderniza el sistema impositivo, por lo que comenzó a correr el reloj para que los distintos actores se adecúen a su puesta en marcha. Y, en paralelo, el 1 de abril se inicia la Operación Renta de 2020, el último proceso en el que se pagarán los impuestos con el esquema derivado de la reforma de 2014.

En este escenario, la auditoria EY realizó un análisis de las declaraciones de casi 600 empresas en la última Operación Renta para identificar las principales impugnaciones a los documentos que realizó el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo que implica solicitar a los contribuyentes corregir o complementar la información que entregan al detectar ciertas discrepancias.

Al ser “observada” por el SII una declaración, se abren dos caminos: rectificar de forma presencial o vía Internet; o entrar en una etapa de fiscalización, que involucra a los casos en que se detectan faltas más graves.

El estudio identificó que los sectores financiero, inmobiliario y las sociedades de inversión representaron la mayor cantidad de declaraciones tributarias impugnadas por la autoridad el año pasado.

El área de Cumplimiento Tributario de EY analizó los documentos entregados a la autoridad por 598 contribuyentes, de los cuales el 1,8% se registraron en el régimen de integración parcial (el denominado 14B), que contempla una tasa de impuesto corporativo de 27% y el descuento en los tributos personales de hasta el 65% de lo pagado a nivel de empresa.

El 98,2% se ubicó en renta atribuida (denominado 14A), que contempla un 100% de integración entre el gravamen personal y el corporativo y una tasa a las utilidades empresariales de 25%.

Del total, el 46,15% de los contribuyentes analizados correspondieron a Fondos y Sociedades de Inversión y Entidades Financieras Similares, seguido de lejos por Comercio al Por Mayor y al Por Menor (9,7%), Actividades Inmobiliarias (9%), Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca (6,69%) y Actividades Profesionales Científicas y Técnicas (6,35%).

Los “peros” del SII

En el área de Fondos y Sociedades de Inversión y Entidades Financieras Similares, EY analizó 482 documentos remitidos a la autoridad, de los cuales 140 no tuvieron observaciones y 342 fueron impugnados por el SII.

De este total, la principal observación fue que el monto solicitado como devolución por pagos provisionales de utilidades absorbidas (conocidos como PPUA) es mayor a los créditos recibidos a través de retiros y/o dividendos, o es mayor a la tasa máxima de Primera Categoría aplicada sobre el monto de la pérdida tributaria. Esta observación apunta a revisar la pérdida tributaria de las empresas y las utilidades recibidas con su correcto crédito.

También en esta área se impugnaron varias declaraciones porque el monto utilizado como gasto por depreciación sería excesivo y porque los ingresos obtenidos en el año no estarían totalmente declarados, en base al formulario 29 y los documentos tributarios electrónicos.

En Actividades Financieras y de Seguros, se revisaron 83 documentos, de los cuales cuatro no tuvieron observaciones y 79 fueron impugnados. El principal punto reclamado por el SII fue el uso como gasto por depreciación.

En tanto que en Actividades Inmobiliarias, de los 36 documentos analizados, 27 fueron observados. ¿El principal “pero”? Que los ingresos percibidos no habrían sido íntegramente declarados ante la autoridad fiscal.

“Nuestro estudio refleja que las principales impugnaciones, en orden de prioridad, se dan para revisar el capital propio tributario de las sociedades, así como ingresos que pudieran estar subdeclarados, y en tercer lugar revisar las pérdidas tributarias, por lo que, claramente, el soporte documental y la estricta razón de negocios son piedra angular para aprovecharlas adecuadamente” señala el socio de Cumplimiento Tributario de EY, Andrés Isla.

Fuente: Diario Financiero

Fecha publicación: 27-02-2020