Las empresas del sector inmobiliario, por la naturaleza de sus servicios pueden ser utilizadas por personas como “medio” para dar apariencia de legitimidad a activos provenientes de actividades ilícitas.
Debido a esto, en el año 2003, tras la promulgación de la Ley N° 19.913, se creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) que básicamente es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonios propios, que se relaciona con la Presidencia de la República a través del Ministerio de Hacienda.
El objetivo de este servicio es prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica nacional, para la ejecución de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Para prevenir y detectar señales indiciarias de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la Unidad de Análisis Financiero obliga a que las empresas reportantes descritas en la Ley N° 19.913 (incluye inmobiliarias, corredoras y constructoras) envíen Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), además de la documentación necesaria en el menor tiempo para que la UAF pueda observar y reaccionar ante la posible existencia de acciones criminales. Pero ¿Qué es realmente una operación sospechosa?, en la legislación chilena se define como “todo acto, operación o transacción que, de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, resulte inusual o carente de justificación económica”. Si tras aplicarle inteligencia financiera a una empresa del sector inmobiliario se constatan indicios de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la UAF remite confidencialmente uno o más informes al Ministerio Público, institución responsable de investigar y perseguir penalmente ambos delitos en el país.
Además de los Reportes de Operaciones Sospechosas, las organizaciones privadas supervisadas por la UAF deben enviar de forma mensual, trimestral o semestral, los Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) que superen los USD 10.000, es decir procedimientos financieros en papel moneda o dinero metálico. De no haberse registrado operaciones en efectivo superiores a la cifra mencionada, las entidades deben informar a la UAF un Reporte Negativo de Operaciones en Efectivo (ROE NEGATIVO).
Cabe destacar que el sector inmobiliario en el año 2018 concentró el 55% de las multas por infracciones a la norma antilavado. Con relación a esto, Javier Cruz, director de la UAF indicó a La Tercera que “el sector inmobiliario siempre será un área que despertará interés, ya que los montos son elevados y existe una multiplicidad de formas de invertir, ya sea, creando propias empresas de construcción, propias empresas de desarrollo inmobiliario, participando en su propiedad o invirtiendo en bienes raíces que otras inmobiliarias van desarrollando”.
En el año 2012, la circular N°49 de la Unidad de Análisis Financiero definió como Personas Expuestas Políticamente (PEP) a los chilenos y extranjeros que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas destacadas en un país, hasta por lo menos un año finalizado el ejercicio de las mismas.
En Chile, es obligatorio tener un catastro de las PEP, ya que hay aproximadamente 3.000 personas que componen este grupo. A raíz de esto, cada inmobiliaria tiene que implementar sistemas para determinar si un potencial cliente, cliente o el beneficiario final tiene la categoría PEP, de igual manera se deben elaborar mecanismos para identificar la fuente de la riqueza.
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